La Gran Sala del Tribunal Europeo de Derechos Humanos ordenó el martes la liberación inmediata del ex co-presidente del HDP, Selahattin Demirtaş.
Al encontrar varias violaciones del Convenio Europeo de Derechos Humanos en el caso de la detención del político kurdo, el Tribunal dictaminó que Turquía está encarcelando ilegalmente a Demirtaş y pidió a las autoridades turcas que "tomen todas las medidas necesarias" para asegurar la liberación inmediata de Demirtaş.
El Tribunal determinó en particular que las injerencias en el ejercicio de la libertad de expresión por parte del demandante, a saber, el levantamiento de la inmunidad parlamentaria de Demirtaş como resultado de la enmienda constitucional del 20 de mayo de 2016, su detención preventiva inicial y continuada, y el proceso penal interpuesto contra él, por delitos relacionados con el terrorismo sobre la base de pruebas que comprenden sus discursos políticos, no son un acto contrario a la ley turca.
Las mismas observaciones también llevaron a la conclusión de una violación del derecho de Demirtaş a ser elegido y a sentarse en el Parlamento. El Tribunal determinó que las autoridades judiciales no habían cumplido con su obligación procesal en virtud del artículo 3 del Protocolo 1, de determinar si Demirtaş tenía o no derecho a inmunidad parlamentaria por las declaraciones impugnadas. Tampoco habían sopesado los intereses contrapuestos ni habían tenido en cuenta el hecho de que Demirtaş era uno de los líderes de la oposición política en su país.
Por último, el Tribunal concluyó que estableció que la detención del demandante, especialmente durante dos campañas cruciales relacionadas con el referéndum del 16 de abril de 2017 y la elección presidencial del 24 de junio de 2018, había perseguido el propósito ulterior de sofocar el pluralismo y limitar la libertad de debate político, lo que estaba en el centro mismo del concepto de sociedad democrática. El Tribunal sostuvo que el Estado demandado debía tomar todas las medidas necesarias para asegurar la liberación inmediata del demandante.