La Oficina de abogados de Asrın, que defiende al líder kurdo Abdullah Öcalan y otros tres presos en Imralı, ha publicado una declaración escrita para abordar la decisión del Comité de Ministros del Consejo de Europa sobre la prisión de İmralı. “El Comité de Ministros del Consejo de Europa anunció los resultados de una reunión durante la cual se debatió la falta de implementación de la decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos sobre la violación del ´Derecho a la Esperanza´ relativa a Öcalan, de fecha 18 de marzo de 2014", comenzó el comunicado.
La declaración continuó:
“El 18 de marzo de 2014, el TEDH determinó que la normativa que establecía que la cadena perpetua con agravantes debía durar toda la vida era contraria a la prohibición de la tortura y dictaminó que se deberían introducir normas legales para abordarla. Después de esta sentencia, el TEDH dictaminó que se observaron violaciones similares en los casos Kaytan versus Turquía, Gurban versus Turquía y Boltan versus Turquía. Posteriormente, el Comité de Ministros supervisó cuatro expedientes y se esperaba que el estado turco cumpliera los requisitos relativos a las decisiones.
Consideramos importante que el Comité haya incluido el expediente en su agenda a pesar de un largo período de tiempo. Como se sabe, además de las solicitudes que llevan años pendientes, también hubo solicitudes en 2021 presentadas por la Asociación de Abogados por la Libertad, la Fundación de Derechos Humanos de Turquía, la Asociación de Derechos Humanos y la Fundación para Estudios sobre Sociedad y Derecho.
Como resultado de sus reuniones del 30 de noviembre al 2 de diciembre de 2021, el Comité declaró que no haría ninguna recomendación sobre la base de que las condiciones de detención del Sr. Öcalan se abordaron en otra solicitud al TEDH y que su caso fue monitoreado por el CPT.
En cuanto al derecho a la esperanza, el Comité ha determinado que los requisitos de la decisión no se han cumplido de ninguna manera hasta el momento y agregó que deben adoptarse sin más demoras medidas legislativas y otras adecuadas para asegurar un mecanismo que permita la revisión de cualquier condena a cadena perpetua agravada después de una determinada pena mínima con posibilidad de liberación del preso a cadena perpetua por motivos penológicos.
El Comité expresó su preocupación porque las autoridades no han brindado información pertinente sobre las medidas previstas para remediar las violaciones encontradas en estas sentencias y las instó a adoptar sin más dilación las necesarias para adecuar el marco legislativo vigente a los estándares establecidos por la ECHR. Se entiende que el Comité ha alentado a Turquía a que se inspire a este respecto en los buenos ejemplos de reformas adoptadas en otros Estados miembros; ha solicitado también información sobre el número de personas actualmente detenidas y condenadas a cadena perpetua irreductible sin posibilidad de revisión penológica.
Turquía debe cumplir lo antes posible las sentencias del TEDH y las conclusiones y solicitudes del Comité presentadas durante la reunión, y la prisión perpetua con agravantes debe revisarse de acuerdo con la dignidad humana.
Es muy importante que la cadena perpetua agravada, implementada por primera vez en Turquía con el caso de Öcalan y considerada por el TEDH como contraria a la prohibición de la tortura, fuera debatida por el Comité de Ministros. Aunque se desconoce el número exacto de presos que recibieron cadena perpetua con agravantes en Turquía, algunos argumentan que hay miles. Este es un hecho muy importante que expone la extensión del sistema de aislamiento y tortura de Imrali.
Nuestros esfuerzos continuarán junto con otras instituciones legales y de derechos humanos para abolir este sistema penal basado en la tortura que se adoptó por primera vez en el caso Öcalan y se practica ampliamente en la Turquía contemporánea. Instamos a todo el público a ser sensible y crear conciencia sobre el tema”.