Violaciones de derechos humanos en las cárceles turcas en 2024

MED TUHAD-FED y ÖHD publican un informe en el que se detallan las violaciones de derechos humanos registradas en 91 prisiones turcas en 2024.

PRISIONES TURCAS

La Federación de Asociaciones de Asistencia Jurídica y Solidaridad con las Familias de Presos (MED TUHAD-FED) y la Asociación de Abogados por la Libertad (ÖHD) han publicado un informe conjunto en el que documentan graves violaciones de los derechos humanos en las cárceles turcas en 2024. El informe se basa en entrevistas con presos de más de noventa cárceles.

Prácticas ilegales, inhumanas y arbitrarias

El informe enumera una serie de ejemplos de las condiciones de vida y las prácticas ilegales, inhumanas y arbitrarias a las que están expuestos los presos y las presas tras los muros de las cárceles turcas. Entre ellas se encuentran los malos tratos físicos por parte del personal penitenciario, los registros corporales y la prohibición del idioma kurdo. Además, las condiciones higiénicas son deficientes; los presos y las presas rara vez reciben productos de limpieza y tienen que comprarlos en los comedores de la prisión a precios exorbitantes, mientras que el agua del grifo suele estar contaminada y no se puede beber.

Para empeorar las cosas, existen restricciones masivas del derecho a la información. Según el informe, a los presos y las presas se les niega arbitrariamente el acceso a revistas y periódicos. En particular, es prácticamente imposible obtener un ejemplar del periódico pro-kurdo Yeni Yaşam, y se ha reducido el número máximo de libros. Esto restringe gravemente el derecho a obtener información y el acceso a los medios de comunicación, así como el contacto con el mundo exterior.

Además, no se han reanudado las actividades culturales, deportivas y artísticas que se suspendieron durante la pandemia de la Covid-19.

Otro punto central del informe es la obstrucción del acceso al tratamiento médico. Cuando se traslada a los presos de las cárceles a los hospitales, se llevan a cabo los llamados registros de las cavidades bucales, y los presos son trasladados con las manos esposadas a la espalda. Quien se niega a estas medidas no es trasladado al hospital, lo que pone en peligro el tratamiento de presos y las presas gravemente enfermos. Los traslados a clínicas fuera de la prisión se producen a menudo sin notificación previa y dan lugar a cacheos al desnudo durante el trayecto. Aparte, los presos y presas enfermos no son puestos en libertad, lo que, según el informe, constituye una violación de su derecho a la salud y a la vida.

La lengua kurda, objetivo de la censura

El informe también subraya que existe una “censura generalizada contra la lengua kurda” en las prisiones. Ejemplos de ello son la confiscación de libros en kurdo y de cartas escritas en kurdo, así como los castigos disciplinarios por cantar canciones en kurdo. Los presos que se saludan en su lengua materna son objeto de agresiones verbales y físicas. El derecho a la lengua materna es un derecho humano fundamental y, como tal, está consagrado en todos los acuerdos internacionales pertinentes.

Denegación o retraso de la puesta en libertad

Los autores del informe critican también la denegación o el retraso de la puesta en libertad de presos, a menudo por “falta de remordimientos”. En Turquía, los comités de vigilancia de las diferentes prisiones deciden sobre las excarcelaciones. Estos comités están formados por empleados que no tienen conocimientos jurídicos pero que, sin embargo, pueden decidir sobre medidas privativas de libertad. Las preguntas habituales que hacen a los presos para tomar sus decisiones son: “¿Cree que el PKK es una organización terrorista?” y “¿Qué piensa de Abdullah Öcalan?”. Si las respuestas no son satisfactorias, se posponen las excarcelaciones.

Esto se traduce en que el Estado turco impide la puesta en libertad de numerosos presos y presas una vez transcurrido el tiempo estipulado por la ley por el hecho de que se niegan a reconocer la criminalización que genera el propio Estado turco contra las diferentes formas de libertad de expresión y pensamiento, a las que tilda de "terroristas".

Peticiones y recomendaciones

MED TUHAD-FED y ÖHD piden a las instituciones nacionales e internacionales, incluidos el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Justicia y el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT), que tomen medidas urgentes. Afirman que hay que poner fin a prácticas inhumanas como los cacheos sin ropa, el aislamiento y las esposas, cerrar ciertos tipos de prisiones y establecer mecanismos de control independientes para combatir eficazmente los abusos y garantizar los derechos de los presos.

Las organizaciones nombran también una serie de medidas necesarias para poner fin a los abusos recogidos en el informe:

-Poner fin a los actos ilegales:

Hay que poner fin inmediatamente a todas las prácticas y actos que violan la prohibición de la tortura y los malos tratos, el acceso a tratamiento médico, la libertad y seguridad personales, la libertad de comunicación y expresión y el derecho a la vida privada. Las autoridades responsables deben cumplir sus obligaciones positivas.

-Abolición de determinados tipos de prisión:

Las prisiones de tipo Y y S deben cerrarse; los demás centros de detención deben adaptarse a los principios de la dignidad humana y los derechos humanos.

-Abandono inmediato de las medidas degradantes:

Debe ponerse fin a los cacheos al desnudo, a los registros de las cavidades bucales y a la reclusión en régimen de aislamiento. También deben abolirse las esposas durante los reconocimientos médicos o mientras se viaja en un vehículo de transporte.

-Reformas legales para evitar nuevas violaciones:

Teniendo en cuenta las sentencias del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, deben establecerse normativas permanentes para impedir futuras violaciones de la ley en caso de traslados, sanciones disciplinarias y el derecho a la comunicación.

-Derogación de los reglamentos administrativos en perjuicio de los presos:

Los reglamentos de los comités y el “Reglamento sobre la evaluación de los condenados” deben suprimirse para que deje de impedirse la libertad condicional.

-Evaluación justa de la “buena conducta”:

Antes de que se establezcan los criterios de una posible “buena conducta”, las condiciones penitenciarias deben evaluarse de forma justa y las instalaciones deben diseñarse para que sean humanas.

-Eliminación del “derecho penal del enemigo”:

Cualquier persona que haya sido encarcelada en virtud de leyes discriminatorias como la “ley antiterrorista” no debe ser considerada un “criminal que necesita ser rehabilitado”. Las leyes penitenciarias y penales, así como el poder judicial, deben alejarse del enfoque del derecho penal del enemigo.

-Mecanismos de control independientes:

En particular, la situación de los presos gravemente enfermos y otras violaciones graves de los derechos humanos, la tortura y las medidas represivas deben ser controladas por organismos de supervisión nacionales e internacionales independientes.

-Intervención activa de las autoridades responsables:

El Comité Europeo para la Prevención de la Tortura (CPT), el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Justicia, la Institución para los Derechos Humanos y la Igualdad de Turquía (TİHEK) y la Comisión de Derechos Humanos del Parlamento turco no deben ignorar las violaciones de derechos humanos en las prisiones, sino que deben tomar medidas urgentes.