El Tribunal de Apelación de Bruselas escuchó la apelación presentada por la Fiscalía Federal de Bélgica contra la decisión de que la lucha armada del PKK en Kurdistán del Norte es " un conflicto interno de Turquía ".
El tribunal declaró una vez más que la actividad del PKK no es terrorismo y dictaminó que no hay motivos para enjuiciar a los 37 políticos kurdos, incluido el copresidente de KONGRA-GEL, Remzi Kartal, y el miembro del Consejo Ejecutivo de la KCK, Zubeyir Aydar.
Este fallo ha concluido la investigación iniciada por la Fiscalía Federal de Bélgica contra los administradores del PKK en 2006.
El Fiscal Federal tiene derecho a una última apelación ante el Tribunal Supremo.
El mismo tribunal ha identificado al PKK como "una organización armada internacional que no es un Estado" el 15 de septiembre de 2017.
El tribunal había señalado la violencia del Estado turco y dictaminó que el PKK estaba respondiendo a dicha violencia y que no había ninguna actividad terrorista de la que hablar.
La sentencia estipula que el PKK no puede ser juzgado por leyes de terrorismo en Bélgica.
En 2006 se inició una investigación contra 36 políticos kurdos, entre ellos Remzi Kartal, Zubeyir Aydar y Adem Uzun en Bélgica.
El 3 de noviembre de 2016, la Oficina de Investigaciones de Bruselas dictaminó que el PKK no era una organización terrorista y rechazó la causa.
El Fiscal Federal apeló esta decisión.
Tras las apelaciones de las fiscalías turca y belga, las partes comparecieron ante el tribunal de apelaciones el 9 de mayo de 2017.
La demanda para que el PKK sea retirado de la lista de organizaciones terroristas de la UE fue vista en la Corte Europea de Justicia el 16 de abril de 2018.
El Tribunal de Justicia dictaminó asimismo que la inclusión del PKK en la lista de organizaciones terroristas de la UE resultaba injustificada.