Consejo de Europa otorga a Turquía un año de tiempo para İmralı
El Comité de Ministros del Consejo de Europa ha pedido a Turquía que proporcione información sobre Abdullah Öcalan de conformidad con las decisiones del TEDH para septiembre de 2022.
El Comité de Ministros del Consejo de Europa ha pedido a Turquía que proporcione información sobre Abdullah Öcalan de conformidad con las decisiones del TEDH para septiembre de 2022.
El Comité de Ministros del Consejo de Europa examinó el expediente de la prisión de Imrali durante sus reuniones del 29 de noviembre al 2 de diciembre.
El comité que es responsable de supervisar los fallos y decisiones del Tribunal de Derechos Humanos (TEDH) y se reúne trimestralmente, debatió sobre Turquía en su sesión del 1 de diciembre. También ha solicitado información sobre el número de personas actualmente detenidas y condenadas a cumplir una cadena perpetua irreductible sin posibilidad de revisión penológica.
El Comité de Ministros ha pedido a las autoridades de Turquía que proporcionen información sobre la implementación de las medidas generales para fines de septiembre de 2022.
Las decisiones del comité bajo siete títulos son las siguientes:
"Decisiones
Los diputados
1. Recordó que estos casos se refieren a violaciones de la prevención de tratos inhumanos y degradantes debido a la ausencia de un mecanismo de revisión en la legislación turca para la pena de prisión perpetua agravada; recordó también que la determinación de tal violación no puede entenderse como que dé a los demandantes la perspectiva de una liberación inminente, sino que requiere que las autoridades nacionales establezcan un mecanismo de revisión a la luz de las normas establecidas por el Tribunal;
En lo que respecta a las medidas individuales
2. recordó que el Tribunal Europeo, en el caso de Öcalan (núm. 2), no encontró violación del artículo 3 en relación con las condiciones de detención del demandante para el período posterior al 17 de noviembre de 2009, y señaló también que el Tribunal se encuentra actualmente ante un solicitud relativa a las condiciones actuales de detención del solicitante; señaló además que el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura y de las Penas o Tratos Inhumanos o Degradantes supervisa de cerca sus condiciones de detención, que realiza visitas periódicas a la prisión de Imrali; decidió en estas circunstancias que no se requieren más medidas individuales en relación con las condiciones de detención del demandante, en el marco de la presente sentencia;
3. señaló que las medidas individuales relacionadas con el hecho de que las condenas a cadena perpetua de los demandantes siguen siendo irreductibles a pesar de que las conclusiones del Tribunal están relacionadas con la adopción de las medidas generales;
En lo que respecta a las medidas generales
4. señaló que la ejecución de estas sentencias requiere la adopción de medidas legislativas o de otro tipo que aseguren un mecanismo que permita la revisión de cualquier condena a cadena perpetua agravada después de un cierto período mínimo con posibilidad de liberación del preso perpetuo por vía penológica; destacó, como también lo ha subrayado el Tribunal Europeo, que la introducción de un mecanismo de revisión implica la posibilidad de solicitar la libertad condicional después de un período mínimo de detención, pero no necesariamente para ser puesto en libertad si las autoridades judiciales competentes concluyen que la persona en cuestión todavía representa un peligro para la sociedad;
5. Expresó su preocupación porque las autoridades no han brindado información pertinente sobre las medidas previstas para remediar las violaciones encontradas en estas sentencias e instó a que adopten sin más dilación las medidas necesarias para adecuar el marco legislativo actual a los estándares establecidos por la Corte; los alentó a que se inspiraran a este respecto en los buenos ejemplos de reformas adoptadas en otros Estados miembros;
6. solicitó también información sobre el número de personas actualmente detenidas y condenadas a cadena perpetua irreductible sin posibilidad de revisión penológica;
7. invitó a las autoridades a presentar información sobre los avances logrados en la adopción de las medidas generales a más tardar a fines de septiembre de 2022”.