Turquía no responde a las preguntas sobre el aislamiento de Imrali en la sesión de la ONU

La delegación turca en la ONU no ha respondido hoy a las preguntas sobre Imrali "¿Son estas prohibiciones puntuales o permanentes? ¿Desde cuándo el señor Öcalan no se reúne con sus abogados y su familia?".

 El 80º período de sesiones del Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, que comenzó el 8 de julio en el Palacio de Wilson de la Oficina de las Naciones Unidas en Ginebra, ha continuado hoy con una sesión sobre Turquía. En la sesión han participado los relatores del Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura, los representantes de las organizaciones no gubernamentales que presentan informes sobre Turquía y la delegación turca.

La sesión de hoy continuó con las respuestas de la delegación turca a las preguntas de los Relatores Especiales de la ONU y nuevas preguntas de los Relatores Especiales a la delegación.

La delegación turca dio una explicación jurídica forzada a la pregunta de la Relatora Especial de la ONU, Maeda Naoko, sobre el aislamiento en Imralı, diciendo en las sesiones de ayer que "no hay aislamiento, sino prohibición de visitas". La delegación se enfrentó hoy a una pregunta sobre las condiciones de aislamiento del líder del pueblo kurdo Abdullah Öcalan.

Nuevas preguntas del relator especial sobre el aislamiento en Imrali

El Relator Especial de las Naciones Unidas contra la Tortura, Bakhtiyar Tuzmukhamedov, tomó la palabra en respuesta a la defensa de Fatih Güngör, Director General Adjunto de Prisiones y Centros de Detención del Ministerio de Justicia de Turquía, sobre las sanciones disciplinarias y las prohibiciones de ejercer la abogacía impuestas a Abdullah Öcalan y otros tres presos en İmralı, y preguntó sobre la continuidad y la dimensión jurídica de las prohibiciones.

El Relator Especial Bakhtiyar Tuzmukhamedov destacó la importancia de que los presos estén en contacto con sus abogados como protección contra la tortura y los malos tratos y formuló las siguientes preguntas:

"Se ha afirmado que el señor Öcalan no ha mantenido contacto con su familia ni con sus abogados debido a las restricciones disciplinarias que le han sido impuestas. ¿Se trata de una restricción impuesta una sola vez, por un periodo de tres o seis meses, o se repite inmediatamente después de cumplir cada condena?

Si esta pena se aplicó varias veces, ¿cuánto tiempo estuvo Öcalan privado de comunicación en total? En otros casos, ¿cuánto tiempo puede estar privado de contacto un detenido con su familia o con sus abogados?

El contacto con un abogado es muy importante, ya que constituye una protección contra la tortura y los malos tratos. ¿Puede usted, por tanto, facilitarnos información sobre la legislación que permite tales restricciones al contacto entre abogados y personas privadas de libertad y en qué medida esto se ajusta a las normas internacionales en este ámbito?"

La delegación turca dejó sin respuesta las preguntas del Relator Especial Tuzmukhamedov.