Abogada Bilen: “Deben abolirse las Juntas Administrativas y de Observación”

Esra Bilen critica a la junta que retrasó la liberación del preso enfermo Akay y exige la abolición total de estos comités penitenciarios.

JUNTAS ADMINISTRATIVAS Y DE OBSERVACIÓN

Las Juntas Administrativas y de Observación de las prisiones en Turquía han sido responsables de numerosas prácticas ilegales desde 2021. Una de estas violaciones ocurrió durante el proceso que culminó con la liberación de Soydan Akay. Su abogada, Esra Bilen, declaró que, aunque estas juntas no se disuelvan, deben reestructurarse para evitar más injusticias.

Soydan Akay cumplió sus 32 años de prisión el 12 de mayo, tras graves problemas de salud y una larga batalla legal. Akay padece cáncer de próstata, artritis reumatoide, hepatitis B, hipertensión y afecciones cardíacas. Solo en marzo, fue hospitalizado siete veces. Aunque cumplió los requisitos para la libertad condicional en 2023, la Junta Administrativa y de Observación bloqueó su liberación en cuatro ocasiones. Su abogada, Esra Bilen, miembro de la Asociación de Abogados por la Libertad (ÖHD), respondió a las preguntas de ANF sobre el proceso.

Aunque Soydan Akay cumplió los requisitos para la libertad condicional en 2023, su liberación fue pospuesta cuatro veces. ¿Cuáles fueron las razones de estos retrasos a pesar de su elegibilidad?

Al igual que ocurre con muchos presos y presas sujetos a las decisiones de la Junta Administrativa y de Observación, las decisiones en el caso de Soydan Akay fueron ilegales, arbitrarias y basadas en acusaciones vagas. Por ejemplo, durante los últimos ocho años, ha permanecido en régimen de aislamiento basándose en un supuesto informe de inteligencia. Este mismo informe también se utilizó para justificar la grabación de sus reuniones con abogados durante ocho años. Además, sirvió de base para posponer su liberación en cuatro ocasiones distintas. En realidad, Soydan Akay debería haber sido liberado hace dos años. A sus ya injustos e ilegales 30 años de prisión, se añadieron dos años más de detención arbitraria. En un proceso penal normal, no se puede detener a una persona basándose únicamente en un informe de inteligencia. Sin embargo, Soydan Akay fue privado de libertad durante dos años más basándose únicamente en dicho informe, tras cumplir ya 30 años de prisión.

Como su abogada, ¿qué tipo de lucha legal mantuvo durante todo este proceso?

A lo largo de ocho años, nos opusimos a todas las restricciones impuestas a las visitas de los abogados y a las decisiones de la Junta Administrativa y de Observación. También denunciamos todas estas prácticas ilegales ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, este ni siquiera revisó estos expedientes. Recientemente supimos que una solicitud que presentamos hace años fue revisada hace apenas dos semanas. Es evidente que cualquier sentencia de infracción emitida después de todos estos actos ilegales no restaurará la justicia ni reparará el daño causado. Aun así, continuaremos nuestra lucha legal para garantizar que estas violaciones queden registradas en la historia.

¿Qué medidas urgentes deben tomarse en el debate actual sobre la reforma de la ejecución de penas, especialmente considerando el funcionamiento de la Junta Administrativa y de Observación en relación con los presos de larga duración y enfermos como Soydan Akay?

En todas las reformas de la ejecución de penas introducidas hasta la fecha, incluso durante el período de alto riesgo de la pandemia, los presos y presas políticos han sido sistemáticamente excluidos. El primer paso en cualquier nueva reforma debe ser garantizar que los presos y las presas políticos no queden excluidos de su ámbito de aplicación. Otro asunto crítico es el tratamiento de los presos y las presas enfermos. Incluso cuando el Instituto de Medicina Forense emite un informe que declara que un preso no es apto para permanecer en prisión, se le mantiene en prisión basándose en informes infundados de la policía que afirman que la persona es "una amenaza para la seguridad pública". La condición y el derecho a la vida de los presos y presas enfermos son demasiado importantes como para dejarlos a la discreción de las fuerzas del orden. Por lo tanto, el artículo legal que permite esta arbitrariedad debe derogarse en la próxima reforma.

Otra fuente importante de las decisiones ilegales y arbitrarias que se toman en las prisiones es la propia Junta Administrativa y de Observación. Aunque estas juntas se establecieron en 2005, sus facultades se ampliaron en 2021, precisamente porque se esperaba la liberación de presos y presas políticos arrestados en la década de 1990 y que ahora cumplen condenas de 30 años ese año. Para bloquear estas liberaciones, las juntas se convirtieron en órganos que podían actuar eficazmente en lugar de los tribunales, restringiendo la libertad de las personas sin justificación.

¿Deberían reestructurarse las Juntas Administrativas y de Observación?

En mi opinión, las Juntas Administrativas y de Observación no deberían reestructurarse, sino abolirse por completo. Si se pretende que sigan existiendo, su función debe limitarse a lo definido en 2005, con una autoridad muy restringida, limitada únicamente al funcionamiento interno de la prisión. Si bien algunas de estas juntas incluyen un fiscal, muchas ni siquiera cuentan con un solo perito legal, se les otorga autoridad sobre numerosos derechos fundamentales, incluido el derecho a la libertad y la seguridad. Sin embargo, restringir los derechos fundamentales solo debería ser posible mediante una decisión judicial. Cuando se transfieren estas facultades a los órganos administrativos, lamentablemente hemos visto con qué facilidad se puede abusar de ellas.