Declaración de los abogados de Demirtaş en la audiencia del TEDH

Los abogados declararon que, de acuerdo con la disposición explícita de la ley, Selahattin Demirtaş debería ser puesto en libertad de inmediato.

Los abogados del ex copresidente del HDP, Sr. Selahattin Demirtaş, realizaron hoy una conferencia de prensa sobre la audiencia del 18 de septiembre en la Gran Cámara del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

El texto completo de la declaración dice lo siguiente;

"Como se sabe públicamente, Selahattin Demirtaş fue arrestado el 4 de noviembre de 2016, junto con otros 12 diputados del HDP, y por este arresto y detención ilegal, injusto y motivado políticamente, se presentó una solicitud ante el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH).

Si bien el Tribunal Constitucional no encontró violación de los derechos en la detención de Demirtaş en su fallo del 21 de diciembre de 2017, el TEDH dictaminó el 20 de noviembre de 2018 que el artículo que protege el derecho a la libertad y la seguridad, el artículo 5 §3 del Convenio Europeo sobre Los Derechos Humanos fueron violados como Tribunales Penales de Paz, Tribunales de Asesoramiento y el Tribunal Constitucional no presentó ninguna justificación suficiente para la detención continua del ex copresidente del HDP, Selahattin Demirtaş, que ha estado detenido desde el 4 de noviembre de 2016. Además, el tribunal decidió ese derecho a elecciones libres garantizado por el Artículo 3 del Protocolo no. 1 de la Convención también fue violado, particularmente considerando tanto el estatus de Selahattin Demirtaş como miembro del Parlamento y el copresidente de un partido opositor, como el estatus de los votantes que él representaba, ya que le era imposible participar en las actividades de la Asamblea Nacional a causa de su detención.

Junto con tales violaciones de derechos, el Tribunal decidió que también se violó el Artículo 18 sobre la limitación del uso de restricciones a los derechos de la Convención, concluyendo que el solicitante fue detenido debido a razones políticas, su arresto y detención persiguieron el propósito ulterior predominante de sofocando el pluralismo y limitando la libertad de debate político, y por lo tanto no solo los derechos y libertades individuales de Demirtaş estaban amenazados, sino que considerando la atmósfera política más amplia en Turquía, el sistema democrático en su conjunto también estaba amenazado.

Esta decisión trajo consecuencias significativas con respecto a Demirtaş y trajo mejoras significativas en la jurisprudencia como precedente judicial: por primera vez, el Tribunal decidió que la detención de una persona por sus actividades parlamentarias violaba el derecho a votar y presentarse a las elecciones. Y, por primera vez, la Corte decidió que Turquía violó el artículo 18 de la Convención.

Además, el Tribunal dictaminó la liberación inmediata del demandante Demirtaş, afirmando que su posterior confinamiento sin ninguna nueva evidencia equivaldría a continuas violaciones del Artículo 46 de la Convención.

Además de todos estos hallazgos y violaciones importantes, algunas de nuestras acusaciones fueron ignoradas, otras fueron declaradas inadmisibles o consideradas como no violaciones por el Tribunal. Sin duda, la más importante fue la decisión de que no se violó el inciso (c) del Artículo 5 § 1 de la Convención, concluyendo que se puede decir que Demirtaş fue arrestado y detenido bajo sospecha razonable de haber cometido un ofensa criminal. Casi igual de importante, la Corte declaró inadmisibles nuestras acusaciones de violación de la libertad de expresión sin ningún examen adicional. Sin embargo, la evidencia presentada como base para la detención de Demirtaş fue fabricada o provenía de sus declaraciones de prensa, reuniones a las que asistió o sus discursos como copresidente de un partido opositor. La Corte tiene una jurisprudencia bien establecida de que la detención de figuras opositoras especialmente por sus declaraciones y acciones protegidas por el derecho a la libertad de expresión, el derecho de reunión y asociación no constituye una sospecha de delito razonable, y tales detenciones violar tanto el derecho a la libertad y la seguridad como la libertad de expresión. En el caso de Demirtaş, el Tribunal se desvió de esta jurisprudencia establecida.

En consecuencia, el 19 de febrero de 2019, apelamos a la Gran Cámara para que revise las violaciones encontradas por la decisión de la Cámara de acuerdo con la jurisprudencia establecida por el Tribunal. El Gobierno también presentó una objeción contra la decisión de violación del Tribunal.

El TEDH aceptó las solicitudes de ambas partes y el caso se trasladó a la Gran Sala para celebrar una audiencia el 18 de septiembre de 2019 sobre la totalidad del caso.

Nuestra expectativa de los diecisiete jueces de la Gran Sala del TEDH es una decisión acorde con su jurisprudencia establecida, que determina que Demirtaş fue arrestado ilegalmente con motivos políticos y evaluaciones infundadas, insuficientes y erróneas por los tribunales nacionales y el Tribunal Constitucional, solo porque ejerció su libertad de expresión como Miembro del Parlamento y copresidente de un partido político.

Tras la decisión del TEDH el 20 de noviembre de 2018, y justo después de la declaración del presidente Recep Tayyip Erdoğan "haremos nuestra contramovilización y cerraremos el trato", el 19 ° Tribunal de Ankara rechazó las tres solicitudes de liberación de Demirtaş sobre la base de la decisión del TEDH, mientras que el 2do Tribunal Regional de Justicia de Estambul, 2da Cámara Penal aprobó una de las penas de prisión más largas por cargos de propaganda terrorista debido a su discurso en Estambul Newroz en 2013, al comienzo del proceso de solución, sentencia Selahattin Demirtaş a 4 años y 8 meses de prisión y de esta manera, de hecho, la decisión de la Cámara del TEDH sobre la liberación de Demirtaş en espera de juicio no es implementable.

Sin embargo, los mismos tribunales que revisaron la detención de Demirtaş y decidieron su continuación por setenta veces, esta vez decidieron la liberación de Demirtaş en una audiencia el 2 de septiembre de 2019, en ausencia de sus abogados, solo dieciséis días antes de la audiencia de la Gran Sala del TEDH. La apelación del fiscal a la decisión de liberación fue rechazada por el 20 ° Tribunal de Justicia de Ankara, por lo que se finalizó la decisión de la liberación de Demirtaş, en relación con el archivo principal por el que fue arrestado.

Sin embargo, Demirtaş no ha sido liberado en esta etapa, porque fue sentenciado a 4 años y 8 meses de prisión, y la ejecución de la sentencia continúa. Hasta el día de hoy, la decisión de liberación no se ha tomado en cuenta, y puede evaluarse como un intento del Gobierno de cambiar el sentido en el archivo del TEDH.

Posteriormente, el 11 de septiembre de 2019, presentamos una solicitud ante el 26 ° Tribunal de lo Penal de Estambul para la deducción del período que Demirtaş permaneció en prisión de su condena total. El procedimiento de deducción es simplemente un cálculo realizado por el tribunal, que debe concluirse inmediatamente a pedido. Sin embargo, el Tribunal aún no ha emitido una decisión con respecto a la deducción, que puede concluirse en el menor tiempo en términos de sus aspectos técnicos y legales.

Como la sentencia de Demirtaş caería por debajo de un año después de la deducción a partir del 5 de mayo de 2019, debe ser puesto en libertad condicional de inmediato según las recientes decisiones de la Corte Suprema y las disposiciones explícitas de la Ley de Ejecución.

La liberación de Demirtaş no cambiará el hecho de que ha sido privado de libertad ilegal e injustamente desde el 4 de noviembre de 2016, durante casi tres años, y aún se encuentra bajo una amenaza constante de investigación, juicio y más penas de prisión.

Dentro del alcance de la implementación de la decisión de liberación, el procedimiento de deducción y la institución de la libertad condicional no es una gracia legal o política, sino un derecho fundamental. Según la disposición explícita de la ley, Demirtaş debería ser puesto en libertad de inmediato.