Ministerio de Justicia turco aduce "razones imprevisibles" justificando el silencio de Imrali

El Ministerio de Justicia turco, en la justificación que presentó al Tribunal Constitucional sobre el aislamiento en Imrali, argumentó que no ha habido "malos tratos" y que las visitas se han interrumpido por "razones imprevisibles".

Hace más de dos años que no hay noticias del líder kurdo Abdullah Öcalan. Öcalan pudo realizar una breve llamada telefónica con su hermano Mehmet Öcalan el 25 de marzo de 2021. Del mismo modo, no se sabe nada de los otros presos de Imrali, Hamili Yıldırım, Veysi Aktaş y Ömer Hayri Konar.

Mientras que las visitas se deniegan arbitraria y sistemáticamente, las sanciones disciplinarias que motivan estas denegaciones se entregan a los abogados muy tarde.

Los abogados presentaron una demanda individual ante el Tribunal Constitucional turco(AYM), afirmando que sus clientes son sometidos a malos tratos debido al aislamiento agravado, especialmente desde 2021. En los últimos 8 años, el bufete de abogados Asrın ha presentado decenas de recursos ante el Tribunal Constitucional.

Según la Agencia Mezopotamya (MA), el Tribunal Constitucional pidió al Ministerio de Justicia un dictamen sobre 23 de estas solicitudes. El Ministerio presentó entonces un dictamen al Tribunal Constitucional sobre las prohibiciones de las visitas de los abogados, las prohibiciones disciplinarias para impedir las visitas de los familiares así como de otro tipo de comunicaciones, las prohibiciones durante el Estado de Emergencia (OHAL) y muchas cuestiones similares.

El Tribunal Constitucional también solicitó la opinión del Bufete Asrın sobre 23 expedientes.

En el dictamen presentado por el Ministerio al Tribunal Constitucional el 24 de marzo, se afirmaba que el aislamiento en Imrali no constituía "malos tratos". Alegando que los malos tratos eran "relativos", el Ministerio recordó las decisiones relativas a los obstáculos y consideró que el aislamiento era "leve".

El Ministerio afirmó que los derechos de visitas de familiares y abogados, de las llamadas telefónicas y a recibir y enviar cartas se aplicaron de conformidad con la legislación, y llamó la atención sobre el hecho de que no se realizaron dichas visitas porque "por razones imprevisibles, y porque se adoptaron estrictas medidas de seguridad (...)". En la respuesta del Ministerio no se aclara cuáles eran esas "razones imprevisibles".

El Tribunal Constitucional pidió también opinión a los abogados del Bufete Asrın el 3 de abril, después de que el Ministerio emitiera su dictamen.

Los abogados señalaron que los argumentos esgrimidos por el Ministerio en relación con el rechazo de las visitas de familiares y abogados no reflejan la verdad. Según MA, los abogados se refirieron a la decisión Benali-Libia del Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas (ONU), y dijeron que la prohibición de la tortura de la ONU se violaba al impedir las visitas de familiares y abogados, y que tal situación se describía como "incomunicación (falta absoluta de comunicación)".

Los abogados subrayaron que, contrariamente a lo que afirmaba el Ministerio, sus solicitudes debían tramitarse en el ámbito del artículo 17 de la Constitución (malos tratos, prohibición de la tortura).

Señalando la legislación internacional y nacional, los abogados subrayaron que los derechos de Abdullah Öcalan y los demás clientes en Imrali han sido usurpados en este contexto. También subrayaron que las condiciones y los tratos que pueden quebrantar la resistencia física y moral de una persona están relacionados con la prohibición de "malos tratos".

No se sabe cuándo el Tribunal Constitucional, que lleva años dejando sin respuesta las solicitudes de los abogados, se pronunciará sobre estas últimas solicitudes.

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