La IHD reitera que los prisioneros enfermos deben ser liberados inmediatamente

La Asociación de Derechos Humanos (IHD) dice que hay 1.564 presos enfermos en Turquía, 591 de ellos en estado grave. Sin embargo, la asociación añade que estos son los casos que han podido registrar, por lo que el número es, con toda seguridad, mayor.

La IHD afirma que se deben tomar medidas necesarias y urgentes en las prisiones, ya que la crisis del coronavirus empeora día a día.

De acuerdo con la versión actualizada de la "Lista de Prisioneros Gravemente Enfermos y Enfermos" mantenida por el Comité Central de Prisiones de la IHD, hay 1.564 prisioneros enfermos en las cárceles turcas, 591 de ellos en condiciones graves.

"Dado que los presos gravemente enfermos se enfrentan a un riesgo mucho más grave en caso de una enfermedad epidémica, solicitamos su liberación aplazando la ejecución de sus sentencias de prisión", manifiesta la IHD en un comunicado.

La IHD añade: "La enmienda a la ley de ejecución penal que ha estado durante mucho tiempo en la agenda del gobierno debe ser introducida de acuerdo con el principio de igualdad cuando se trata de liberar a los prisioneros. La nueva enmienda debe incluir regulaciones que aseguren la liberación de todos los grupos desfavorecidos, especialmente de los prisioneros enfermos, lo antes posible".

La IHD ha enumerado las medidas necesarias que deben ser tomadas inmediatamente como sigue:

* Todos los prisioneros seriamente enfermos deben ser liberados inmediatamente después de un informe emitido por cualquier hospital bien equipado. Su tratamiento debe ser seguido por las familias y su seguro médico debe ser pagado por el Estado;

* La Institución Médica Forense ya no puede ser la única y definitiva autoridad para emitir informes de aplazamiento de la ejecución por motivos de salud;

* Se debe abolir el poder discrecional de los fiscales para decidir el aplazamiento de la ejecución y se debe aplazar la ejecución de las sentencias en función de los informes médicos emitidos por los hospitales;

* Debe eliminarse el concepto de "amenaza a la seguridad social" que impide la liberación de los presos enfermos;

* La circular que regula la autoridad del Presidente para liberar a los presos por motivos de salud debe modificarse, la institución médica forense ya no puede ser la única autoridad determinante y el Presidente debe utilizar su autoridad para los presos gravemente enfermos sin hacer ninguna excepción.